Legal pero ¿legítimo?. El fallo que deja fuera del voto a las fuerzas de seguridad
La exclusión de 16.000 efectivos de las fuerzas de seguridad del padrón electoral genera una fuerte controversia en la provincia. ¿Hasta qué punto puede una aplicación estricta de la ley convivir con los principios democráticos y la evolución de los derechos ciudadanos?
La disputa comenzó con una resolución del Tribunal Electoral de Misiones que, citando el artículo 48 de la Constitución provincial, excluyó del padrón electoral a los miembros de las fuerzas de seguridad –nacionales y provinciales– que estén de servicio durante las elecciones del próximo 8 de junio. La medida generó fuertes cuestionamientos y derivó rápidamente en una presentación judicial que modificó el escenario legal.
El Tribunal Electoral de Misiones decidió excluir a 16.000 efectivos de las fuerzas de seguridad y armadas del padrón para las elecciones legislativas del próximo 8 de junio. La medida, basada en el artículo 48 inciso 10 de la Constitución provincial, desató una ola de críticas políticas, cuestionamientos legales y preocupaciones institucionales que reabren un debate incómodo pero necesario: ¿qué tan compatible es esta decisión con una democracia que busca fortalecerse?
Con el argumento de respetar a rajatabla el texto constitucional, el tribunal —presidido por Cristian Benítez e integrado por Andrés Puad y Justo Buce— resolvió dejar afuera del proceso electoral a personal de la Policía de Misiones, el Servicio Penitenciario y fuerzas federales como Gendarmería, Prefectura, la Policía de Seguridad Aeroportuaria y el Ejército. No es un número menor: representa el 1,6% del padrón provincial.
Aunque el tribunal sostiene que solo aplica la ley vigente y que no tiene facultades para declarar su inconstitucionalidad (atribución del Poder Judicial según el artículo 49), la oposición reaccionó con dureza. La Libertad Avanza, el Frente Unidos por el Futuro y el Partido Libertario solicitaron la revocatoria de la resolución, argumentando discriminación, incoherencia y vulneración de derechos constitucionales e internacionales. Citan, además, un fallo de 2006 del Superior Tribunal de Justicia de Misiones que, según la abogada Valeria Sociuk, habría declarado la nulidad absoluta del inciso 10 que hoy se aplica con rigor.
Los cuestionamientos no se limitaron al plano legal. La Cámara de Comercio e Industria de Montecarlo (CASIM) expresó su preocupación por el impacto que esta medida puede tener en la imagen de institucionalidad de la provincia. «Va en contra de la previsibilidad que necesita Misiones para atraer inversiones», sostuvo su vicepresidente Darío Cordes. También remarcaron que esta interpretación estricta de la norma es novedosa: durante años, los mismos efectivos excluidos pudieron votar sin objeciones.
Para algunos sectores, la decisión podría tener motivaciones políticas. La oposición sugiere que el oficialismo, representado por el Frente Renovador de la Concordia, podría estar detrás de la maniobra para reducir votos disidentes, aunque sin pruebas directas. El tribunal, por su parte, insiste en que solo cumple con la normativa vigente.
Pero más allá de la disputa electoral, legal y política, la resolución del tribunal deja planteadas preguntas de fondo. ¿Qué implica para la salud democrática que un sector específico y estratégico como el de las fuerzas de seguridad quede excluido del proceso electoral? ¿Puede una lectura literalista de la Constitución ignorar la evolución de las prácticas democráticas? ¿Cuánto margen real tienen los órganos electorales para ejercer su autonomía frente al poder político?
La decisión de Misiones pone en tensión conceptos clave: el respeto a la letra de la ley frente a la necesidad de interpretar el espíritu democrático que la debe guiar. Deja en evidencia una grieta institucional preocupante y un dilema que va más allá del caso puntual: si la aplicación estricta de una norma provoca efectos contrarios a los valores que fundan una república, ¿no deberíamos repensar el modo en que aplicamos nuestras propias reglas?
En tiempos donde la desconfianza social hacia las instituciones crece, garantizar reglas claras, derechos plenos y decisiones coherentes con la historia reciente se vuelve esencial. Una democracia sólida no solo se mide por el respeto a sus normas, sino también por la voluntad de hacerlas convivir con la ampliación constante de derechos. En esa tensión se juega, quizás, mucho más que una elección.